miércoles, 20 de mayo de 2020

Miscelánea 20/05/2020



Por James Cifuentes Maldonado

Dice la guía que “Las disposiciones del Código Nacional de Seguridad y Convivencia son de carácter preventivo (no es sancionatorio), y buscan establecer las condiciones para la convivencia en el territorio nacional al propiciar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas (…)”. Ese texto  hace parte de una guía diseñada por la Policía Nacional, que más adelante,  en relación con la imposición de comparendos señala: “(…) Dentro de la valoración se deberán tener presentes la necesidad, la proporcionalidad y la racionalidad, y considerar los aspectos relacionados con el tiempo, modo y lugar en que están ocurriendo los hechos (educar antes que imponer orden de comparendo).”

El lector podrá preguntarse, pero de qué estamos hablando, si cuando un policía atiende una determinada situación, asociada a un comportamiento contrario a la convivencia, por parte de un ciudadano, lo más normal es que el uniformado automáticamente, sin agotar otros medios, desenfunde su principal arma, la comparendera, y efectivamente le genere el “chance” al civil, siendo muy posible que la medida correctiva que aplique sea la de multa. Las multas generales están graduadas de la 1 a la 4 y equivalen a 4, 8, 16 y 32 salarios mínimos legales diarios, respectivamente, lo que significa que la multa mayor asciende a $936.322.

Entonces, si estuviéramos en una situación normal que comprometa a un ciudadano usualmente ejemplar, que paga sus impuestos, que saca la basura el día que es, que hace el pare, que cede la silla y el paso, y que en general no le causa perjuicio a la comunidad, se pregunta uno cómo podrá entender ese ciudadano que por un desliz, que puede ser arrojar una colilla, de una vez la autoridad lo clave con una multa de casi un millón de pesos.

¿Cómo explicarle a ese señor que, a pesar de la multa, el código no es sancionatorio?, ¿Dónde queda eso de la naturaleza preventiva y  educadora de la norma  y especialmente dónde quedan esos principios de necesidad, proporcionalidad y racionalidad?

Pronto los comparendos de policía no serán hechos con un talonario sino con un dispositivo digital, será mucho más práctico y aunque revestirá mayores garantías para los ciudadanos, por la información y las pruebas que se podrán aportar a los procesos, seguirá latente la pregunta: ¿la razón de ser las autoridades es disparar comparendos y multas por doquier, dejando de lado la verdadera esencia del código que es formar a la gente para la convivencia?

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