Cuando los señores de la
Procuraduría General de la Nación, arropados con la bandera de la moralidad y de
la familia, pero contaminados con la dogmática religiosa, en sus denuncias
omiten y pasan por alto que todas las acciones del gobierno asociadas a la no discriminación por causas
de género o condición sexual corresponden a lineamientos ordenados por la Corte
Constitucional, cuando desvían el tema y hacen señalamientos con nombre propio
acabando con la imagen de funcionarios específicos llevando el debate a nivel
personal, como ha sucedido con la ministra
Gina Parody, es inevitable sentir un gran desaliento y una gran desesperanza
frente al papel de las instituciones.
El protagonismo desbordado de los
funcionarios del ministerio público, la persecución selectiva a quienes se
salgan de su línea ideológica y su permanente y abierta participación en
política son reprochables en grado sumo, máxime cuando en el caso de la Procuraduría
sus funciones apuntan a la protección de los derechos y las garantías de los
ciudadanos como lo señalan los tres primeros numerales del artículo 277 de la
Constitucional Nacional, que se han convertido en letra muerta, pero que ahí
están escritos y claramente dicen: 1.
Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones
judiciales y los actos administrativos. 2. Proteger los derechos humanos y
asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo. 3. Defender
los intereses de la sociedad.
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